Accidentes de tráfico
Si se ve involucrado en un accidente de tráfico, ya sea como conductor, ocupante o peatón, lo más recomendable es contar con un abogado especializado. Le asesoraremos sobre las compensaciones por los daños, la viabilidad de iniciar acciones judiciales y si procede presentar una denuncia penal.
Proteja sus derechos con un buen consejo legal y recuerde que en todo seguro se contrata Defensa jurídica y usted puede hacer uso de la misma con designación de abogado privado hasta el límite de su cobertura.
Servicio personalizado al cliente
Brindamos un servicio personalizado, adaptado a tus necesidades legales y a tu situación específica.
Consejos y ayuda inmediata
Ofrecemos consejos claros y ayuda inmediata para resolver tus problemas legales con rapidez.
Defensa firme
Ofrecemos una defensa firme y comprometida para proteger sus derechos e intereses en todo momento
Comprometidos a ayudar al éxito de nuestros clientes
En accidentes de tráfico, te ofrecemos el respaldo legal necesario para gestionar cualquier complicación derivada del siniestro. Ya seas conductor, ocupante o peatón, nuestro equipo especializado te guiará en la reclamación de indemnizaciones, en el análisis de la viabilidad de iniciar acciones judiciales y en la presentación de denuncias si fuera necesario.
Confía en nosotros para proteger tus derechos y asegurar que recibas la compensación que mereces.
¿Cómo trabajamos?
01
Enfoque del asunto o conflicto a tratar
02
Planteamiento de posibles soluciones
03
Contacto constante con el cliente
04
Constancia en la lucha de nuestro objetivo
05
Búsqueda siempre de la excelencia
¿Qué paso tenemos que realizar?
- Complete el «parte amistoso de accidente» con el otro conductor.
- Si hay desacuerdo o daños importantes, avise a la Policía Local, Nacional o Guardia Civil.
- Registre los datos de las partes y los seguros en el parte amistoso, y asegúrese de que ambos conductores firmen.
- Si los agentes intervienen, elaborarán un «atestado» que será clave para determinar la responsabilidad y reclamar a las aseguradoras.
- Si el otro conductor no colabora, tome nota de su matrícula y de los testigos.
- Si usted o algún acompañante ha sufrido lesiones, acuda inmediatamente a un centro médico.
- Solicite que se indique en el parte de asistencia médica que las lesiones son consecuencia del accidente.
- Este parte será fundamental como prueba para reclamar la compensación a la compañía de seguros.
Tras lo anterior hay que dar parte a la compañía de seguros de que se ha producido el accidente de tráfico. Para ello tendrá un plazo de 7 días
- Si no es culpable del accidente, tiene 6 meses para interponer la denuncia penal contra el conductor responsable.
- Si la denuncia es archivada, podrá interponer una reclamación en vía civil dentro del plazo de 1 año, contado desde el cierre de la vía penal.
Vías de reclamación
- Via penal: Iniciar el proceso penal con denuncia si el accidente es un delito o falta
- Vía civil Presenta reclamación si la indemnización de la aseguradora no es adecuada
Via judicial
Via extrajudicial
Tipos de daño
Daños materiales
Informe los daños a la aseguradora en 7 días. Un perito valorará y, si no se reparan, podrá solicitar indemnización. También puede reclamar daños a objetos y gastos adicionales.
Daño personal
Los daños personales se indemnizan según el tiempo de baja y la gravedad de las lesiones, siguiendo un baremo específico.
Más de 25 años de experiencia
Garantizamos una comunicación clara, eficaz y constante con nuestros clientes ofreciendo un servicio personalizado y comprensivo de la situación en la que se encuentran, empatizando y construyendo una relación de confianza con el fin de que se sientan respaldados jurídicamente y en la que se les mantiene constantemente informados de sus opciones legales en cada etapa de la encomienda encargada conformando la mejor estrategia legal a seguir para alcanzar su objetivo en pro de los intereses y derechos que les asisten.
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¿Qué debo hacer inmediatamente después de un accidente de tráfico?
En primer lugar, asegúrate de que todos los involucrados estén seguros. Llama al 112 si hay
heridos y solicita asistencia médica. Recoge datos del otro conductor (nombre, matrícula,
seguro, etc.) y busca testigos. Es importante realizar un parte amistoso si las circunstancias lo
permiten. Si hay desacuerdo, llama a la policía para que redacte un atestado. Esto será clave
en una futura reclamación.
Referencia legal: Art. 1.902 del Código Civil sobre responsabilidad civil extracontractual y Art. 1
de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor (RDL
8/2004).
¿Puedo reclamar aunque no haya sufrido lesiones físicas?
Si. puedes reclamar por los daños materiales de tu vehículo, objetos personales dañados, e incluso por perjuicios derivados, como el uso de transporte alternativo o días de paralización del vehículo.
Referencia legal: Art. 1.902 del Código Civil y Art. 32 del Real Decreto Legislativo 8/2004.
¿Por qué es recomendable contar con despacho de abogados en estos casos?
Los accidentes de circulación pueden estar relacionados con delitos como la conducción bajo los efectos de alcohol o drogas, lo que conlleva penas de prisión, multas y la pérdida del permiso de conducir.
También se castiga la conducción temeraria y la colocación de obstáculos en la vía, con penas de prisión de hasta 4 años. Además, existen faltas por imprudencia, como lesiones o homicidios, que no constituyen delitos, pero que también son sancionadas por la ley.
¿Qué plazo tengo para reclamar los daños de un accidente de tráfico?
En general, dispones de 1 año desde el accidente para reclamar los daños personales y
materiales. Este plazo puede ampliarse si se inicia un procedimiento penal. Por ello,
recomendamos actuar rápidamente.
Referencia legal: Art. 1968 del Código Civil.
¿Qué hago si el responsable del accidente no tiene seguro?
Tu aseguradora puede actuar en tu nombre para reclamar los daños. Sin embargo, no siempre
defienden tus intereses al 100%. Es común que negocien indemnizaciones menores a las que
legalmente corresponden. Por eso, contar con un abogado independiente asegura una defensa
profesional y objetiva.
Referencia legal: Art. 18 de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro.
¿Qué cubre el Consorcio de Compensación de Seguros en un accidente de circulación?
El Consorcio de Compensación de Seguros cubre los accidentes de circulación causados por vehículos desconocidos, no asegurados o robados. También indemniza cuando existe controversia entre la compañía de seguros y el consorcio, o cuando la aseguradora está en concurso de acreedores. Este ente público, adscrito al Ministerio de Economía, asegura los daños derivados de siniestros causados por circunstancias extraordinarias.
¿Cuál es el costo de los servicios legales que ofrecen?
Es fundamental contar con:
- Parte amistoso o atestado policial.
- Informe médico de lesiones.
- Facturas de reparaciones o presupuesto de daños materiales.
- Justificantes de gastos relacionados (como transporte, asistencia médica, etc.).
- Un abogado especializado te ayudará a recopilar y presentar toda esta información.
Referencia legal: Art. 37 del Real Decreto Legislativo 8/2004.
¿Es obligatorio ir la médico aunque las lesiones sean leves?
Sí, porque algunas lesiones (como el latigazo cervical) pueden manifestarse días después.
Acudir a un médico inmediatamente ayuda a prevenir complicaciones y, además, sirve para
documentar las lesiones desde el principio, algo esencial para una reclamación.
Referencia legal: Art. 7 del Real Decreto Legislativo 8/2004 y Baremo de indemnizaciones
actualizado anualmente.
¿Qué papel tiene mi compañía de seguros en la reclamación?
Tu aseguradora puede actuar en tu nombre para reclamar los daños. Sin embargo, no siempre
defienden tus intereses al 100%. Es común que negocien indemnizaciones menores a las que
legalmente corresponden. Por eso, contar con un abogado independiente asegura una defensa
profesional y objetiva.
Referencia legal: Art. 18 de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro.
¿Es posible evitar llegar a juicio para obtener una indemnización?
Sí. En la mayoría de los casos, se puede alcanzar un acuerdo extrajudicial con la compañía
aseguradora responsable. No obstante, si la oferta es insuficiente, tu abogado podrá reclamar
judicialmente para garantizar que recibas lo que te corresponde.
Referencia legal: Art. 7 y Art. 14 del Real Decreto Legislativo 8/2004.
¿Qué tipos de seguros tiene tu coche?
El seguro de automóvil es un contrato que cubre los daños causados por un vehículo, a cambio de una prima anual. Los tipos de seguro son:
Seguro a terceros: Obligatorio para circular, cubre daños a terceros (personales o materiales).
Seguro a todo riesgo: Cubre riesgos adicionales no cubiertos por el seguro obligatorio, como daños al vehículo, incendio, robo, daños a personas transportadas y más. También incluye daños en vehículos sin licencia o que participen en actividades deportivas.
¿Qué delitos y faltas pueden ocurrir en accidentes de circulación?
Los accidentes de circulación pueden estar relacionados con delitos como la conducción bajo los efectos de alcohol o drogas, lo que conlleva penas de prisión, multas y la pérdida del permiso de conducir. También se castiga la conducción temeraria y la colocación de obstáculos en la vía, con penas de prisión de hasta 4 años. Además, existen faltas por imprudencia, como lesiones o homicidios, que no constituyen delitos, pero que también son sancionadas por la ley.